Ni especialistas en cirugía, ni en anestesia, ni en ginecología: según el COMB, para hacer abortos basta el título de medicina.
En
una carta del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB),
con fecha 14 de diciembre, se explica a la jueza que lleva el "caso
Morín - Ginemedex" que, según un decreto de 1986, se requiere para la
acreditación de centros que quieran practicar abortos la necesidad de
contar con médicos especialistas en obstetricia y ginecología, sobre
todo para 'la práctica de interrupciones de embarazo de más de doce
semanas o con alto riesgo para la mujer'. El
Colegio de Médicos de Barcelona en base a la sentencia 2006/283 del
Tribunal Constitucional, que afirma que “la formación de postgrado no
atribuye a las especialidades médicas la calidad de otra profesión
separada e independiente de la propia profesión de médico”. Tal
como lo redacta y ha difundido la agencia EFE parece que se justifiquen
las tareas abortistas de Morín y su equipo sin especialistas. Sin
embargo, Colegios de diversas autonomias mantienen conflictos en la
Salud Pública por falta de anestesistas y pediatras y otros
especialistas, a pesar de que estas tareas podrían ejercerlas otros
médicos si "acreditaran subjetivamente los conocimientos necesarios". Segun
interpretaria el COMB el solo título de doctor ya permitiria la
práctica de cualquier especialidad por una mera valoración subjetiva y
sin una acreditación de postgrado y, por consiguiente, de estudios reglados. En
el caso TCB-Ginemedex existen otras irregularidades con relación a la
titulación del personal sanitario que aparece en las diligencias, como
el caso de una mujer que fue contratada como señora de la limpieza y
que, no obstante, ejercía como instrumentista de quirófano sin disponer
de ninguna titulación oficial de medicina o enfermería.
Pero esa exigencia es,
dice el COMB, únicamente de carácter administrativo e impera 'a los
efectos estrictamente de autorización de funcionamiento y acreditación
de centros'.
El COMB considera que incumplir
esta exigencia "constituiría, en todo caso, una infracción
administrativa, pero sin relevancia profesional o deontológica, ni tan
siquiera penal'. Y dice que hay jurisprudencia en este sentido,
jurisprudencia que afirma que "la única profesión colegiada es la de
doctor, y no la de especialista, y que la falta de titulación de médico
especialista en el desarrollo de la actividad no constituye un ilícito
penal".
El profesional que cuente con el título académico de
medicina puede realizar, "desde el punto de vista profesional y
deontológico, los actos propios de la profesión médica, sean o no
atribuidos a una especialidad", sostiene el Colegio.
Precisamente,
una de irregularidades que se habrían detectado es que ni Morín ni
otros facultativos de los centros que intervenían en los abortos
disponían de títulos de ginecología o de anestesista homologados en
España. Pero siguiendo al COMB no tiene por qué una anestesia ser aplicada por un anestesista ni un niño atendido por un pediatra ni un aborto por un obstetra.
Asimismo,
en las clínicas TCB y Ginemedex del grupo del doctor Morín estaba
contratada otra mujer de la limpieza que se encargaba de esterilizar el
material de quirófano sin poseer la titulación de enfermera, necesaria
para esa tarea.
Por otra parte, la agencia EFE no es muy exacta
en su noticia, al decir que la trama de Morín fue descubierta "a raíz
de un reportaje de la televisión danesa" (ya lo denunció dos años antes
el Sunday Telegraph inglés) y que "se investigó en España
tras una querella presentada por la asociación ultracatólica
E-cristians". No parece muy serio por parte de la agencia oficial de
noticias del gobierno llamar "asociación ultracatólica" a una entidad
que es, simplemente, una asociación civil de ideario católico.
Aborto